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26/05/2020
El Real Decreto-ley 17/2020 publicado el 5 de mayo, aprueba medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
Dentro del Tercer Sector, este decreto modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, para mejorarlos.
Con el propósito de promover el mecenazgo por parte de personas físicas, se elevan los porcentajes de deducción aplicables a aquellos contribuyentes que realicen donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción. En esencia, se aumenta un 5% tanto las deducciones como la base liquidable.
Las cantidades donadas o satisfechas a fundaciones acogidas a la Ley 49/2002 que se destinen a la realización y desarrollo de actividades y programas prioritarios de mecenazgo, tendrán derecho hasta 150 euros a una deducción del 80% y y el resto a una base de deducción del 35%.
Además, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción a favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros será del 40%.
La base de la deducción de estos donativos, no podrá exceder del 15% de la base liquidable.