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31/07/2017
El pasado mes de enero el Tribunal Constitucional admitió , a instancia del recurso presentado por la Generalitat de Cataluña, la inconstitucionalidad del modelo que, hasta ahora, se había seguido para conceder las diferentes ayudas a los programas sociales dependientes del 0,7 del IRPF de fines sociales. A raíz de esta sentencia el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad ha publicado una orden donde se recoge el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se fijan los nuevos criterios de distribución para cumplir con la Sentencia arriba referida, teniendo el Estado capacidad para regular las bases mínimas y correspondiendo la gestión a las CCAA. E (Podéis acceder a dicha orden en este enlace: Orden SSI/596/2017, de 23 de junio)
Esta orden determina de manera pública el acuerdo del Ministerio donde establece, por un lado, las cantidades que se otorgan a las CCAA y al Estado para promover la financiación de los programas sociales del 0,7 de fines sociales del IRPF1, y por otro, el tipo de actividades que las diferentes autonomías podrán financiar a través de esta convocatoria. Es así como este nuevo modelo de distribución y gestión del 0,7 del IRPF para fines sociales, en lo relativo a la parte gestionada por el Ministerio de Sanidad consta de dos tramos: uno estatal y otro autonómico, que se ajustan a la distribución de competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.
El crédito total del Ministerio de Sanidad para financiar las actividades de interés general consideradas de interés social asciende, según el citado acuerdo, a 240.856.313,87 euros; cantidad que se distribuye de acuerdo con los dos tramos mencionados de la siguiente forma:
Además, en el acuerdo también se detalla la distribución que se realizará entre Comunidades y Ciudades Autónomas, que queda determinado de la siguiente manera:
COMUNIDAD AUTÓNOMA: IMPORTE
Andalucía: 39.227.370,45
Aragón: 8.874.973,16
Asturias: 3.452.597,92
Baleares: 3.040.904,41
Canarias: 5.390.142,11
Cantabria: 2.304.811,84
Castilla-La Mancha: 9.723.242,48
Castilla y León: 20.107.035,31
Cataluña: 31.154.246,12
Extremadura: 6.721.069,15
Galicia: 11.453.784,35
Madrid: 26.229.292,46
La Rioja: 7.235.303,32
Comunitat Valenciana: 13.561.644,32
Ceuta: 1.277.685,94
Melilla: 1.302.198,41
TOTAL: 192.685.051,10
De acuerdo con lo que establece dicho acuerdo, estas cuantías reseñadas deberán distribuirse a través del Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad a las Comunidades Autónomas, siendo otorgadas como subvenciones a los programas de interés general que atienden a fines sociales.
Por otro lado el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad también ha publicado otra disposición donde se especifica qué programas sociales del tramo autonómico podrán financiarse a través de esta convocatoria. La orden, a la que podréis acceder en este enlace Orden SSI 597/2017, de 23 de junio, determina lo siguiente:
Para más información se puede consultar la web de la Plataforma del Tercer Sector: http://www.plataformatercersector.es/es/subvenciones-07-irpf
1) El 0,7 del IRPF de actividades de interés social consideradas de interés general se distribuye de acuerdo a las siguientes partidas: 77,72% Acción Social; 19,43% Cooperación al Desarrollo; 2,85% Medio Ambiente