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COMUNICACIÓN

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La Plataforma del Tercer Sector lamenta "el grave perjuicio" que supone para el Tercer Sector el fallo del Tribunal Supremo en materia de subvenciones a ONG

• La Sala III del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que declara nulo el Real Decreto de julio de 2013 por el que el Gobierno regulaba la concesión de subvenciones a las ONG de ámbito estatal
• La Plataforma del Tercer Sector se muestra preocupada ante el "grave perjuicio" que esta sentencia supondrá para las cerca de 30.000 entidades de acción social que hay en este país

10/06/2015

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la Generalitat de Cataluña contra el Real Decreto 535/2013, de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, donde alega que la Administración General del Estado no respeta la "competencia exclusiva en materia" de asistencia social.

La Plataforma del Tercer Sector, codemandada en el recurso, alega que las entidades del Tercer Sector son entidades colaboradoras en la ejecución de políticas públicas, a los efectos del artículo 149 de la Constitución Española, y que el Real Decreto impugnado se deriva de la aplicación del Real Decreto Ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, no impugnado ante el Tribunal Constitucional. La Abogacía del Estado alegó por su parte que la competencia estatal ampara la creación de dichas entidades colaboradoras y el otorgamiento de subvenciones como las previstas en el Real Decreto.

A pesar de ello, la sentencia dictada ayer por la Sala III del Tribunal Supremo declara nulo dicho decreto, estableciendo que la competencia exclusiva en materia de asistencia social es de las Comunidades Autónomas que la tengan en sus estatutos, como es el caso de Cataluña.

La decisión afecta a todo el territorio nacional, ya que estableceque el Real Decreto impugnado es contrario al ordenamiento jurídico y, en concreto, al reparto constitucional de competencias, por encontrarse la relativa a la “asistencia social” atribuida con carácter exclusivo a las Comunidades Autónomas.

La Plataforma del Tercer sector “lamenta profundamente” este fallo, que “supondrá un gravísimo perjuicio para las cerca de 30.000 entidades que conforman el Tercer Sector”, según ha afirmado su presidente, Luciano Poyato.

Poyato se ha mostrado “muy preocupado por este fallo”, contra el que no cabe recurso, que “condiciona al sector y requiere de una acción inmediata” por parte del mismo, ya que no hay que olvidar que “casi el 90% de las entidades que lo conforman dependen directamente de estas subvenciones”.

Como medidas inmediatas, la Plataforma está estudiando los efectos inmediatos de la sentencia sobre las subvenciones convocadas y otorgadas al amparo del Real Decreto anulado, y prevé reunirse con responsables de Gobierno y grupos políticos para la búsqueda de una solución armonizada y coherente para un sector “que se enfrenta a un gran dilema tras el fallo del Tribunal Supremo”, y que es “fundamental para la cohesión social y atención a las personas en situación de pobreza y riesgo de exclusión”.  El Tercer Sector en España beneficia actualmente a más de 6 millones de personas, cuya asistencia “puede quedar gravemente comprometida” si se avanza jurídicamente en esta línea, que prima “la defensa de las competencias autonómicas en detrimento del bien general”, ha afirmado Poyato. 

 

Contacto: Ida de la Hera 91 545 01 96 / 667 148 353 comunicacion@plataformatercersector.esidelahera@servimedia.net

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